Recientemente se han dado novedades importantes en materia de protección de datos personales que deben ser objeto de análisis y, en su caso, llevar a la adopción de medidas para adecuar los procesos internos a las recomendaciones e instrucciones de los órganos de supervisión y control.

Guía sobre el uso de las cookies

Por una parte, hay novedades en materia de consentimiento informado en las Cookies. La Agencia Española de Protección de Datos (AEPD) ha emitido una nueva «Guía sobre el uso de las Cookies» -julio 2020-, que incluye cambios  de criterios respecto a la anterior guía de noviembre de 2019 y en la que se alinea con los criterios defendidos por diferentes Autoridades de control europeas, confirmados por el Comité Europeo de Protección de Datos (CEPD) -órgano supervisor europeo- en las Directrices 05/2020 sobre el consentimiento de las Cookies. Así, entre otros requisitos, será necesario dar la posibilidad de rechazo de cookies desde el inicio de la navegación en una página web. La AEPD establece como fecha límite el 31 de octubre de 2020 para adaptar el uso de las cookies a las nuevas directrices.

Protección, seguridad y privacidad de los datos

Por otra parte, la justicia europea ha incidido de forma determinante en las Transferencias Internacionales de datos – Privacy Shield (EE.UU.). En efecto, con la Resolución del Tribunal de Justicia de la Unión Europea (TJUE), de 16 de julio de 2020, se declara la invalidez de la Decisión (UE) 2016/1250 de la Comisión sobre la adecuación de la protección conferida por el Escudo de Privacidad entre la Unión Europea y los Estados Unidos -Privacy Shield-. Esta resolución afecta a todos aquellos tratamientos de datos personales que impliquen o posibiliten la comunicación o el acceso a datos personales a entidades de los EE.UU. adheridas al Privacy Shield.

Sin duda, se trata de cuestiones importantes a tener en cuenta por los Responsables de Tratamiento datos personales para garantizar la protección, seguridad y privacidad de aquellos.