Si tiene una factura impagada puede reclamar el pago sin acudir a la vía judicial con el denominado monitorio notarial. Puede reclamar por esta vía facturas de cualquier importe, siempre que el deudor NO sea un consumidor (sociedades o autónomos). El notario del domicilio del deudor comprobará la documentación aportada (factura, pedido y albarán firmado por su cliente, etc). A partir de ahí, el notario requerirá al deudor para que pague en 20 días 

¿Qué conducta podemos esperarnos del deudor?

En este escenario, podemos esperarnos del deudor: 

  • Que pague, por lo que el expediente se cierra.  
  • Que deje pasar el plazo de 20 días sin hacer nada, por lo que se cerrará el acta. Podrá solicitar el embargo de sus bienes. 
  • O que se oponga, por lo que la intervención del notario finaliza y usted tendrá que reclamar judicialmente (lo mismo sucede si no se localiza al deudor). 

Considere esta opción para reclamar sus impagados, pues suele ser más rápida que la vía judicial. Pero considere la posible conducta del deudor, y no se arriesgue a acudir al notario sin localizarlo previamente. Caso contrario perderá tiempo y dinero. 

Consulte nuestros servicios de localización y recobro y evite dilaciones indebidas que lastren su cartera de impagados. 

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